Cambio de Nombre
Cambio de Nombre

El nombre es el conjunto de palabras que legalmente sirven para identificar a una persona y está formado uno o más nombres propios o de pila, y uno o más apellidos (nombre patronímico o de familia).

De los derechos de la personalidad, este es uno que ostenta cierta invariabilidad, ya que ley autoriza su cambio por una sola vez, y si bien existe jurisprudencia en la que consta que dicho cambio ha sido autorizado en más de una oportunidad (sentencia Rol 11.960-2021 TC/requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del art. 1◦ inc. 2 de la Ley N◦17.334) lo ha sido bajo condiciones excepcionales.

Si usted se encuentra en alguna de las situaciones descritas a continuación o desea analizar la posibilidad de cambiar su nombre, contacte a nuestro equipo de abogados.

Causales que autorizan en cambio de nombre:

  • Cuando unos u otros sean ridículos, risibles o menoscaben moral o materialmente.

  • Cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes, a los propios.

  • En los casos de filiación no matrimonial o en que no se encuentre determinada la filiación para agregar un apellido, cuando la persona hubiera sido inscrita con uno solo o para cambiar uno de los que se hubieren impuesto al nacido, cuando fueren iguales.

  • Cuando el solicitante desee invertir el nombre de los apellidos fijados en su inscripción de nacimiento.

  • Cuando el solicitante desee usar uno u otro apellido de un ascendiente en línea recta hasta el segundo grado.

  • En los casos que exista una persona que tenga más de un nombre podrá solicitar la supresión de los otros, siempre que haya sido conocida por uno de los nombres que figuran en su partida de nacimiento por más de 5 años.

  • Cuando su pronunciación o escrituración fuere manifiestamente difícil en un medio de habla castellana.

(La ley autoriza a su vez traducir el nombre que no se hallare en idioma castellano)

CAMBIO de nombre

CLP$150.000*

*(valor desde)

  • tramitación 1era instancia
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